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SCJN Rechaza Matrimonio entre Un Hombre y Dos Mujeres en Puebla

La Primera Sala de la Corte rechazó otorgar un amparo a un ciudadano de Puebla, quien buscaba casarse con dos mujeres al mismo tiempo de manera consensuada.

El hombre argumentó que la inexistencia de normas que avalaran su vínculo lo discriminaba, le impedía el libre desarrollo de su personalidad y que al excluirse a su familia de la institución del matrimonio se impide obtener los beneficios civiles y fiscales que protege la unión matrimonial. 

A propuesta del ministro Jorge Pardo Rebolledo, la mayoría de los ministros rechazaron otorgar el amparo pues en el proyecto se explicó que la legislación define al matrimonio y concubinato como uniones entre dos personas.

Por otro lado, en Segunda Sala se rechazó otorgar un amparo al excomisionado de la Policía Federal Preventiva, Javier Herrera Valles, quien durante el sexenio de Felipe Calderón denunció los nexos con el narcotráfico del extitular de la Secretaría de Seguridad Pública, Genero “N”, y que reclamaba la responsabilidad patrimonial del Estado por 70 millones 637 mil 570 pesos por el encarcelamiento que sufrió.

En otro asunto, los ministros de la Segunda Sala resolvieron una controversia entre el municipio chiapaneco de Tecpatán y la Comisión Federal de Electricidad por el pago del predial del terreno de las instalaciones de la Central Hidroeléctrica de Malpaso. Tras casi diez años de litigio, el ministro Luis María Aguilar propuso confirmar el pago por 3 mil 575 millones de pesos al municipio.

En contra votaron las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres. Ésta último abrió el debate de manera inusual en Salas.

Con base en una acción fraudulenta, pues no procede el cobro de impuesto predial a entidades públicas federales, menos aún por un municipio en el que no se encuentra el predio del que se pretende cobrarle a CFE, bueno, a esta subsidiaria de CFE; la Corte pudo haber asumido la suplencia de la queja y haber emitido un criterio novedoso que evite este tipo de mermas a los recursos públicos. Es un cobro inconstitucional porque el artículo 115 de la Constitución prohíbe que se cobre el impuesto predial a bienes de dominio público de la Federación

En tanto, el ministro Luis María Aguilar Morales afirmó:

Yo no entiendo que podamos interpretar la Constitución de una manera indebida o tomándonos una atribución que no nos corresponde. Podría yo decir exactamente lo mismo de quienes quieren que se interprete de otra manera, a conveniencia de alguna de las partes. Este asunto está fincado en la seguridad jurídica de determinaciones previas, en las cuales ya se determinaron créditos y que ya están en ese sentido firmes

En otro asunto se rechazó otorgar un amparo a la empresa YUM, que maneja franquicias como KFC, Pizza Hut y Taco Bell, por lo que tendrá que pagar poco más de 2 mil 6 millones de pesos por concepto de ISR.

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